Fiestas de la Juventud 2026
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Desde el día 22 de Junio de 2021 hasta el 20 de Julio de 2021, el Ayuntamiento de Villafranca va a someter a consulta pública a través el Portal Web la modificación y nueva regulación de la “Ordenanza Reguladora del uso de los caminos públicos del término municipal de Villafranca”.
Con el objetivo de garantizar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango reglamentario, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de la ordenanza, se sustanciará una consulta pública previa para recabar la opinión de los ciudadanos/as y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectadas por la misma, sobre una serie de aspectos como son los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
En consecuencia, se somete a consulta pública previa a la elaboración de la Ordenanza municipal reguladora de las bases reguladoras para subvenciones de entidades deportivas del Ayuntamiento de Villafranca, informando y consultando a los vecinos y vecinas sobre:
LOS PROBLEMAS QUE SE PRETENDEN SOLUCIONAR CON LA INICIATIVA
Adecuar la normativa municipal a la realidad actual del uso de los caminos rurales del municipio, concretando y mejorando su protección para evitar deterioros; y recogiendo las previsiones que permitan un mejor control municipal sobre posibles infracciones y uso inadecuado de los caminos.
NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE SU APROBACIÓN
Vistas las necesidades surgidas a lo largo del año 2020 en relación al arreglo de los caminos debido al deterioro de los mismos, se ha visto necesario modificar la Ordenanza reguladora del uso de los caminos públicos del término municipal, regulando mediante su otorgamiento y procedimiento, la modificación de la misma.
OBJETIVOS DE LA NORMA
Modificar la regulación actual, adecuando la normativa a la realidad del uso actual que se hace de los caminos públicos.
POSIBLES SOLUCIONES ALTERNATIVAS REGULATORIAS Y NO REGULATORIAS
Resulta conveniente modificar la ordenanza actual, recogiendo y previendo los usos adecuados e inadecuados, y las posibles infracciones que sea necesario regular para una mejor protección de los caminos públicos y sus elementos accesorios (acequias, etc.)
Con el fin de recabar la opinión de todos aquellos interesados/as en la modificación de la norma, se abre un plazo de 20 días hábiles (desde el día 22 de Junio de 2021 hasta el 20 de Julio de 2021, ambos incluidos), para presentar por correo electrónico dirigido a ayuntamiento@villafranca.es o a través de cualquiera de los medios indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, sus opiniones y aportaciones a esta ordenanza.
Se adjunta como Anexo a este anuncio, el texto actual de la Ordenanza de los caminos públicos del término municipal de Villafranca.
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